BIBLIOTECA  
Reglamento Especial para el préstamo de TEStS de Psicología
1. Los tests se entregarán en préstamo solamente en los horarios de atención de la biblioteca.
2. La devolución de los tests se realizará solamente en los horarios de atención de la biblioteca.
3. Únicamente se entregarán los préstamos de tests a los titulares del carnet de la biblioteca.
4. Los usuarios tendrán que venir a solicitar el préstamo con el tiempo suficiente como para corroborar en presencia de la bibliotecaria que todos los componentes del test se encuentren en la caja o carpeta dónde le serán entregados.
5. Si algún elemento del test estuviera dañado o deteriorado se le informará al usuario en el momento de la entrega y contará en la planilla de préstamo.
6. Para la devolución del test, que tendrá que ser realizada por los usuarios titulares del carnet de la biblioteca, también tendrá que contar con el tiempo suficiente para corroborar, en presencia de la bibliotecaria, que el material se encuentra en las mismas condiciones que en el momento del préstamo.
7. Luego, de la 3º vez que el test haya sido devuelto fuera del termino de préstamo (una semana con opción a otra semana de renovación, en total 15 días) además de las sanciones previstas en el reglamento general de la biblioteca, NO se volverá a prestar este tipo de material al usuario-matriculado.
8. La entrega en malas condiciones del material, por cualquier tipo de deterioro de alguna de las partes (incluyendo las cajas o carpetas en las que se guarda el test o alguna parte del mismo) deberá ser abonada por el usuario-matriculado.
9. Las planillas originales de respuestas entregadas con cada test NO deben ser utilizadas (ni siquiera con lápiz). Se deberán sacar fotocopias.
10. Se sancionará con la prohibición de préstamo de tests a los usuarios-matriculados que no cumplan con todas las reglamentaciones dispuestas en este reglamento especial y en el reglamento general de préstamo de la biblioteca.
REGLAMENTO // DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1
a - Podrá hacer uso de la Biblioteca, toda persona que requiera documentos especializados en Psicología y disciplinas afines.
El usuario podrá ubicar la obra que le interese mediante el acceso libre a los estantes y la ayuda del bibliotecario documentalista.
Podrán retirar material a domicilio quienes tengan el pago de la matrícula al día y posean el carnet de usuario de la Biblioteca, siendo éstos los profesionales psicólogos matriculados.
Los usuarios que no posean carnet podrán consultar el material en la Biblioteca o requerir el servicio de fotocopiado.
b - Los préstamos serán personales e intransferibles. Será sancionado el usuario que entregue tanto su carnet como el material recibido de la Biblioteca a otro usuario. La sanción de ambas acciones será computada como el doble de las devoluciones tarde (art. 11)
ARTICULO 2
Los préstamos serán registrados por el bibliotecario documentalista según el sistema vigente con indicación clara de los datos exigidos.
ARTICULO 3
Será responsable de todo deterioro que se advierta en el material documental, el último prestatario, siempre que no haya dejado constancia de tal deterioro en el momento del préstamo.
ARTICULO 4
Cada usuario podrá retirar dos obras, si es una obra en varios volúmenes se podrá prestar hasta cuatro, y si es una publicación periódica, se prestará hasta seis fascículos por vez (lectura en sala). A domicilio se podrán prestar hasta dos obras.
ARTICULO 5
No se prestarán a domicilio: enciclopedias, diccionarios, compact disc, juegos de test, revistas y todo material que sea único o agotado.
ARTICULO 6
El tiempo del préstamo dependerá del número de ejemplares disponibles:
a - por el fin de semana hasta el primer día hábil de apertura de la Biblioteca, sin renovación.
b - una semana, con opción a renovarlo por otra semana.
ARTICULO 7
En caso de proyectos especiales se podrá tener el material por un período más extenso, mediante las renovaciones, siempre que ello no perjudique a los demás usuarios, en cuyo caso se citará telefónicamente al prestatario, a fin de que restituya el material a la brevedad.
ARTICULO 8
No se realizarán reservas.
ARTICULO 9
La renovación del préstamo se hará en la fecha del vencimiento por una sola vez, siempre que el documento no haya sido solicitado por otro usuario.
ARTICULO 10
Vencido el plazo del préstamo, sin efectuar la renovación como se detalla en el Art. 9, el usuario es considerado moroso y pasible de ser sancionado sin que medie un aviso de la Biblioteca. Las sanciones se agravarán con el transcurrir del tiempo.
ARTICULO 11
Las sanciones por devolución tarde serán:
1a.vez: 10 días corridos, más 5 días corridos por cada día de demora
2a.vez: 20 días corridos, más 5 días corridos por cada día de demora
3a.vez: 30 días corridos, más 5 días corridos por cada día de demora.
4a.vez y subsiguientes: a criterio de la Biblioteca.
ARTICULO 12
a - En el caso que un usuario perdiera una obra deberá reponerla en un plazo no mayor a 60 días, previo aviso a la Biblioteca. Si la obra no fuera accesible, la Biblioteca dará la cita de otra obra de valor y contenido semejante a la perdida.
b - En caso que un usuario causara la mutilación, rotura, etc. de una obra, no eximirá su reposición según lo especificado en el Art. 12-a.
ARTÍCULO 13
El presente reglamento deberá permanecer en exhibición continua en la Biblioteca.
ARTICULO 14
Regístrese, comuníquese a los Directivos, Comisiones, personal administrativo, usuarios en general y archívese una copia.
APROBADO POR CONSEJO DIRECTIVO. ACTA 619 (29/10/03)
Colegio de Psicólogos // Distrito X Provincia de Buenos Aires // Ciudad de Mar del Plata // 2009